Resolución de 19 de marzo de 2020 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Se establecen las condiciones para la tramitación y contestación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de los requerimientos de información a que se refiere el artículo 97.5 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, dirigidos a entidades de crédito y referidos a bienes inmuebles (BOE 3 de abril de 2020).